- A iniciativa del diputado Adolfo Jesús Ramírez Arana, el Pleno determinó implementar indicadores de desempeño en las 212 comunas
- Se amplían atribuciones de las Direcciones Municipales de la Juventud, para otorgar mayores beneficios a este sector
Xalapa, Ver.
Para medir
logros y avances en las obras y acciones de las administraciones municipales de
Veracruz, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad que las 212 comunas de
la entidad dispongan de indicadores de desempeño, lo cual también permitirá
saber si se cumplió con lo establecido en el respectivo Plan de Desarrollo
Municipal.
De acuerdo
con esta legislación, autoría del diputado Adolfo Jesús Ramírez Arana, el
indicador es un parámetro utilizado para medir el nivel de cumplimiento de los
objetivos estratégicos en programas, proyectos o actividades sociales, y lo que
se refiere a la gestión y a los servicios.
Este
control lo utiliza la administración pública estatal, pero hasta ahora las
administraciones municipales no están obligadas a determinarlo; condición
necesaria para que sean objeto de seguimiento con mayor cobertura por los
órganos de fiscalización.
El Pleno
del Congreso local avaló crear en Veracruz los elementos legislativos que
permitan a las administraciones municipales
–sin
menoscabo a su autonomía– tener sus procedimientos de planeación, ejecución y
evaluación. Para ello se adiciona una fracción a los artículos 35, 36, 40 y 72,
y un artículo 60 Decies a la Ley Orgánica del Municipio Libre.
Los
ayuntamientos deberán determinar y expedir los indicadores de desempeño, así
como cumplirlos y vigilar su uso.
MÁS APOYO A LOS
JÓVENES VERACRUZANOS
El Pleno
legislativo determinó ampliar las atribuciones de las Direcciones Municipales
de la Juventud, para que puedan gestionar y establecer convenios con organismos
públicos o privados, así como incluir programas académicos, políticos,
económicos, sociales o de cualquier naturaleza, que beneficien a la juventud.
Los
diputados aprobaron por unanimidad el Decreto que adiciona un segundo párrafo
al artículo 61 de la Ley de Desarrollo Integral de la Juventud para el Estado,
a propuesta del diputado Ramírez Arana.
De acuerdo
con sus posibilidades presupuestales, los ayuntamientos podrán crear las direcciones
municipales, que operarán en el ámbito de su competencia y jurisdicción de
manera similar al órgano administrativo responsable. Para que promuevan o
impulsen proyectos definidos en el programa, deberán firmar el convenio
correspondiente con la Secretaría de Gobierno.
Esta
disposición no afecta los presupuestos asignados por los ayuntamientos o los
que mediante convenios les destine el Estado. Además, permitirá atender los
problemas y asuntos de este sector, que representa más de una cuarta parte de
la población de la entidad, cuya edad oscila entre 15 y 29 años.
Las
direcciones municipales de la juventud dispondrán de mayores atribuciones para
la gestión y podrán establecer en su planeación y programación un apartado en
el que establezcan las entidades públicas o privadas de donde atraerán
beneficios para los jóvenes. Los ayuntamientos brindarán asesoría y apoyo, para
que la institución logre las metas y objetivos trazados.
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