Así en Veracruz

jueves, 22 de enero de 2015

Por ley, medirán ayuntamientos avances en sus obras y acciones


  • A iniciativa del diputado Adolfo Jesús Ramírez Arana, el Pleno determinó implementar indicadores de desempeño en las 212 comunas
  • Se amplían atribuciones de las Direcciones Municipales de la Juventud, para otorgar mayores beneficios a este sector

Xalapa, Ver.


Para medir logros y avances en las obras y acciones de las administraciones municipales de Veracruz, el Congreso del Estado aprobó por unanimidad que las 212 comunas de la entidad dispongan de indicadores de desempeño, lo cual también permitirá saber si se cumplió con lo establecido en el respectivo Plan de Desarrollo Municipal.

De acuerdo con esta legislación, autoría del diputado Adolfo Jesús Ramírez Arana, el indicador es un parámetro utilizado para medir el nivel de cumplimiento de los objetivos estratégicos en programas, proyectos o actividades sociales, y lo que se refiere a la gestión y a los servicios.

Este control lo utiliza la administración pública estatal, pero hasta ahora las administraciones municipales no están obligadas a determinarlo; condición necesaria para que sean objeto de seguimiento con mayor cobertura por los órganos de fiscalización.

El Pleno del Congreso local avaló crear en Veracruz los elementos legislativos que permitan a las administraciones municipales
–sin menoscabo a su autonomía– tener sus procedimientos de planeación, ejecución y evaluación. Para ello se adiciona una fracción a los artículos 35, 36, 40 y 72, y un artículo 60 Decies a la Ley Orgánica del Municipio Libre.

Los ayuntamientos deberán determinar y expedir los indicadores de desempeño, así como cumplirlos y vigilar su uso.

MÁS APOYO A LOS
JÓVENES VERACRUZANOS

El Pleno legislativo determinó ampliar las atribuciones de las Direcciones Municipales de la Juventud, para que puedan gestionar y establecer convenios con organismos públicos o privados, así como incluir programas académicos, políticos, económicos, sociales o de cualquier naturaleza, que beneficien a la juventud.

Los diputados aprobaron por unanimidad el Decreto que adiciona un segundo párrafo al artículo 61 de la Ley de Desarrollo Integral de la Juventud para el Estado, a propuesta del diputado Ramírez Arana.

De acuerdo con sus posibilidades presupuestales, los ayuntamientos podrán crear las direcciones municipales, que operarán en el ámbito de su competencia y jurisdicción de manera similar al órgano administrativo responsable. Para que promuevan o impulsen proyectos definidos en el programa, deberán firmar el convenio correspondiente con la Secretaría de Gobierno.

Esta disposición no afecta los presupuestos asignados por los ayuntamientos o los que mediante convenios les destine el Estado. Además, permitirá atender los problemas y asuntos de este sector, que representa más de una cuarta parte de la población de la entidad, cuya edad oscila entre 15 y 29 años.

Las direcciones municipales de la juventud dispondrán de mayores atribuciones para la gestión y podrán establecer en su planeación y programación un apartado en el que establezcan las entidades públicas o privadas de donde atraerán beneficios para los jóvenes. Los ayuntamientos brindarán asesoría y apoyo, para que la institución logre las metas y objetivos trazados.

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