- A partir de 2016 habrá igualdad de género en
Diputaciones y Ayuntamientos, aunque el Partido Acción Nacional no quería
la paridad horizontal, afirmó la diputada Mónica Robles
Xalapa, Ver.
Para las
elecciones de 2016 Veracruz contará con un Código Electoral que garantiza la
paridad de género, regula las candidaturas independientes, reduce los tiempos
de campaña, establece las atribuciones del Instituto Electoral Veracruzano
(IEV) y del Tribunal Electoral del Estado (TEV) y reglamenta la asignación de
recursos a partidos políticos, luego de que diputados de la LXIII Legislatura
local aprobaron por mayoría el Dictamen correspondiente.
Al iniciar
la discusión, la diputada Ana Cristina Ledezma López presentó una moción
suspensiva, finalmente desechada, para que el Dictamen volviera a comisiones.
Dijo que la paridad de género no puede quedarse sólo en el proceso electoral, y
hay una deuda pendiente en la integración de los municipios o los miembros del
gabinete del Gobernador, para que 50 por ciento sean mujeres, y la otra mitad,
hombres.
La diputada
Mónica Robles Barajas le recordó que trabajaron juntas con representantes del
Movimiento de Regeneración Nacional (Morena) y de los partidos De la Revolución
Democrática (PRD), Del Trabajo (PT) y Acción Nacional, y mujeres de
asociaciones civiles, para hacer observaciones a la propuesta. Coincidieron en
contemplar la paridad vertical y horizontal, pero al momento de firmar se
abstuvo, porque el PAN –confesó Ana Cristina– no quiere la paridad horizontal y
ella no podía ir contra su partido.
Tras
desecharse otras dos mociones similares, durante la Décima Sesión del Segundo
Periodo Ordinario de Sesiones del segundo año de labores, los legisladores
veracruzanos avalaron el Dictamen, resultado de la Iniciativa enviada por el
gobernador Javier Duarte de Ochoa, que crea el Código Electoral para la entidad
y regirá las elecciones a partir de 2016.
De esta
manera, para que un partido político mantenga el registro deberá obtener
al menos tres por ciento de la votación válida; quienes aspiren a las
candidaturas independientes tendrán que presentar una cédula de respaldo
ciudadano con firmas por al menos el tres por ciento de la lista nominal de
electores, por distrito, municipio o del estado, de acuerdo con el cargo a que
aspire.
Se trata de
un Código de vanguardia que, a diferencia del ordenamiento federal, incluye la
paridad de género en las postulaciones que hagan los partidos políticos o
coaliciones al cargo de Presidente Municipal. La elección de ayuntamientos se
realizará cada cuatro años.
Aprobado
con 34 votos a favor, cero en contra y una abstención, este ordenamiento
permite la reelección de diputados locales hasta por cuatro periodos consecutivos.
Los partidos políticos o coaliciones postularán candidatos a diputados de
mayoría relativa bajo el principio de 50 por ciento para mujeres y 50 por
ciento para varones.
En relación
con la duración de las campañas, para gobernador será de 60 días, y en el caso
de diputados locales o presidentes municipales, de 30 días.
La
designación del Presidente y de los consejeros electorales del IEV corresponde
al Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), por un periodo de
siete años.
Se establecen
los horarios para la instalación de casillas, y lo procedente en caso de
inasistencia de algún funcionario para la pronta integración de dicha casilla.
Compete a
la unidad técnica de Fiscalización de la Comisión del ramo del INE la revisión y
fiscalización de los recursos que manejen los candidatos de partidos políticos
e independientes.
Este Código
contiene las disposiciones por las que se puede declarar la nulidad de una
elección y estipula las características que se deben presentar para acreditar
la o las violaciones al proceso electoral.
El TEV se
integrará por tres magistrados que nombrará el Senado de la República para un
periodo de siete años, y serán los responsables de resolver los medios de
impugnación interpuestos en contra de todos los actos y resoluciones
electorales locales.
A través de
un artículo transitorio se reconoce la reforma a la Constitución Política del
Estado, que establece una Gubernatura de dos años para Veracruz, por única vez,
y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó su
constitucionalidad. El Gobernador electo el primer domingo de junio de 2016
ejercerá el cargo del 1 de diciembre de 2016 al 30 de noviembre de 2018.
ADECUACIONES
Derivado
del trabajo de análisis de las comisiones unidas de Justicia y Puntos
Constitucionales y de Organización Política y Procesos Electorales, se modificó
la redacción de los artículos 14 y 16 para establecer las fórmulas de
candidatos a diputados y cargos edilicios a efecto de precisar que el 50 por
ciento de las postulaciones corresponde a un género y el otro 50 por ciento al
género distinto.
A partir de
las aportaciones del grupo legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), se
estableció las atribuciones del Secretario Ejecutivo del Instituto Electoral
Veracruzano (IEV) relativos a la oficialía electoral, reglas para la
instalación de casillas, requisitos para que representantes partidistas y de
candidatos ejerzan su derecho al voto, atribuciones de los presidentes de
casilla, precisión de conceptos relativos a los votos nulos y las causantes de
nulidad.
También se
precisan las 12 reglas que deberá cubrir quien aspire a este cargo, y que el
Poder Legislativo tendrá que sujetarse previo a la designación de este servidor
público.
Se ajustó
el artículo 6 para indicar que la capacitación a observadores electorales los
impartirá el IEV bajo los lineamientos y contenidos que dicte el Instituto
Nacional Electoral (INE), el cual podrá supervisar dichos cursos.
Se modificó
el artículo 408 para indicar que para ser magistrado del Tribunal Electoral del
Estado (TEV) se deberá cumplir con los requisitos establecidos en la Ley
General de Instituciones y Procedimientos Electorales, y se suprimió la
intervención del Congreso del Estado en su designación, toda vez que no se
justifica.
A propuesta
del diputado del Partido Alternativa Veracruzana (AVE), Francisco Garrido
Sánchez, todos los magistrados, servidores públicos y personal que a la entrada
en vigor de este Código labore en el Tribunal Electoral del Poder Judicial del
Estado continuarán perteneciendo a este Poder en los términos que señale su
nombramiento.
Del texto
original, a propuesta de diputados del PRI, PVEM y Nueva Alianza, se
suprimieron las fracciones XLV y XIV, de los artículos 108 y 111,
respectivamente, con el objeto de que lo dispuesto en ellos no contradiga lo
que establece el artículo décimo transitorio en relación con el Servicio
Profesional Electoral.
POSICIONAMIENTOS
En la etapa
de posicionamientos, el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI)
Adolfo Jesús Ramírez Arana dijo que este Código fue analizado en comisiones y
se dialogó con todos los actores para que incorporaran sus observaciones.
Añadió que se trata de un ordenamiento de vanguardia que permite la paridad de
género, abre la oportunidad de candidaturas independientes y reglamenta el uso
de recursos a candidatos.
Fidel
Robles Guadarrama, diputado del Partido del Trabajo (PT), se pronunció en
contra del dictamen por considerar que este documento requirió de un análisis más
profundo en comisiones y una mayor participación de los legisladores.
Por el
Partido Alternativa Veracruzana (AVE), Francisco Garrido expresó su respaldo al
dictamen porque, dijo, este Código constituye una herramienta que garantiza
transparencia y abona a procesos electorales equitativos en beneficio de la
democracia.
Las
candidaturas independientes son una innovación; la participación activa de las
mujeres en forma igualitaria con los hombres y la reducción de duración de
campañas –añadió– son un beneficio para Veracruz.
La diputada
Jaqueline García Hernández, del Partido Nueva Alianza (Panal), dijo que su
grupo legislativo está a favor del Código porque permite la competencia
electoral que coadyuvará a un mejor Veracruz.
Destacó que
el ordenamiento prevé las medidas de impugnación de una elección, fiscaliza el
uso de recursos de candidatos, la participación de mujeres en un 50 por ciento
en la contienda política, sobre todo más allá de la reforma federal, sumando a
los ayuntamientos.
Del partido
Movimiento Ciudadano (MC), Cuauhtémoc Pola Estrada explicó que este dictamen
contiene artículos que podrían ser inconstitucionales. Señaló que este Código
viola las facultades constitucionales al nombrar el Congreso al Secretario
Ejecutivo del IEV, y que esto no sucede en las legislaciones de otros estados,
por lo que adelantó su voto en contra.
Luego de
informar de su voto en contra, el diputado Domingo Bahena Corbalá, del Grupo
Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN), sostuvo que se requirió mayor análisis
de este dictamen y que el Congreso no debería nombrar al Secretario Ejecutivo
del IEV, aunado a que éste tendría atribuciones que se consideran excesivas.
Por el
Partido Verde Ecologista de México (PVEM), el diputado Jesús Vázquez González
mostró su apoyo al Código Electoral porque –ponderó– no sólo atiende la
homologación federal, sino que va más allá porque refleja la realidad política
y social de Veracruz. Además, garantiza la igualdad en las candidaturas entre
mujeres y hombres, el IEV mantiene su esfera de competencia y responde a las
expectativas de transparencia en procesos electorales.
La diputada
del Partido de la Revolución Democrática (PRD), Ana María Condado Escamilla, se
pronunció en contra, al considerar que no está homologado con la disposición
federal, al plantear las candidaturas independientes con varios obstáculos para
acceder a ello; además, fortalece a un grupo únicamente y no abona a la
igualdad que reflejaría la democracia.
Para su
discusión en lo particular, de los 425 artículos del Código, los diputados
Renato Tronco Gómez y Marco Antonio del Ángel Arroyo se reservaron el 40, 269,
325, 267 y 278; pero se desecharon por mayoría. Procedió la observación de la
diputada Gladys Merlín Castro, para cambiar una palabra al artículo 329