-Se suma a sentencia emitida por el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa
-El proyecto no consideró manglares de importancia internacional
La Paz, Baja California Sur a 13 de noviembre del 2012
Para su publicación
El
Centro Mexicano de Derecho Ambiental, A.C. (CEMDA), informó que un
tribunal colegiado confirmó la nulidad de la autorización en materia de
impacto ambiental (AIA) del proyecto turístico EntreMares [1].
El
décimo primer tribunal colegiado resolvió [2] no amparar a EntreMares,
al considerar que el decreto de 1938 que declara como zona forestal
vedada al puerto de La Paz [3], tiene vigencia como un Área Natural
Protegida (ANP) en la categoría de "área de protección de flora y
fauna", conforme la Ley General de Equilibrio Ecológico (LGEEPA) [4], y
por no tomar en cuenta que los manglares del mogote están catalogados
bajo la Convención Ramsar[5] como de importancia internacional.
Esta
última sentencia se suma a la resolución del Tribunal Federal de
Justicia Fiscal y Administrativa que ya en 2012 nulificó permanentemente
AIA del proyecto. Se agrega también a la opinión negativa de la
Comisión Nacional Forestal (Conafor) para el cambio de uso de suelo; a
la de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp) al no
recomendar el dragado para la construcción de canales y el desmonte de
vegetación, y a la de la Dirección General de Política Ambiental e
Integración Regional y Sectorial (DGPAIRS) de la Semarnat al especificar
que EntreMares no era congruente si el proyecto afectaba a manglares y
áreas naturales protegidas. Finalmente, la Dirección de Zona Federal
Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros también de la Semarnat
recomienda no construir sobre dunas costeras [6].
"Ahora
el fallo del tribunal colegiado corrobora lo que había dicho el
Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa con un fallo
definitivo, así como los argumentos de otras dependencias del gobierno
federal. No es labor del Cemda emitir sentencias, pero sí señalar cuando
los proyectos no se hacen con apego a la legislación" dijo Agustín
Bravo Gaxiola, coordinador regional del Cemda en el noroeste.
EntreMares
pretendía construir en la ciudad de La Paz, 390 hectáreas de complejos
residenciales, turísticos y comerciales, equivalentes a 6,840 cuartos
hoteleros, un campo de golf de 18 hoyos, una marina interior para 440
embarcaciones, afectando además a los manglares que crecen en esa zona,
considerados de importancia internacional según la Convención Ramsar,
así como a delfines costeros conocidos como tursiones y al tiburón
ballena, especies catalogadas en riesgo.
"Reiteramos
nuestra disposición y voluntad para participar en la recategorización
del decreto de 1938 que declara a una porción La Paz como área natural
protegida, y confiamos en que los desarrolladores turísticos puedan
atraer inversión a La Paz con proyectos viables que respeten la vocación
ambiental de la región" finalizó Bravo Gaxiola.
Notas:
1.- Fideicomiso F/934 Deutsche Bank México
2.- Sentencia del expediente 890/12
3.-
Zona Protectora Forestal Vedada decretada por el Ex Presidente Lázaro
Cárdenas. Publicado en el Diario Oficial de la Federación en fecha 24 de
Agosto de 1938.
4.- Artículo octavo transitorio en la reforma de 1996 de la LGEEPA.
5.-Sitio
Ramsar No. 73 bajo la Convención Relativa a los Humedales de
Importancia Internacional especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas,
de la cual México es parte.
6.- Resolutivo ENTREMARES - 03BS2008T0018 (25nov2009)http://minus.com/mgLQyLv6lpI2K
Para mayor información contactar:
Centro Mexicano de Derecho Ambiental
Margarita Campuzano
mcampuzano@cemda.org.mx
Ricardo Ruiz Esparza
ricardo_ruiz@cemda.org.mx
Tel. (55) 52863323
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