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jueves, 22 de enero de 2015

Retirarían a síndicos la facultad de suplir al Ministerio Público



·         Propone el diputado Joaquín Rosendo Guzmán eliminar esta atribución, por no encontrarse en el Código Nacional de Procedimientos Penales, e incluye a los agentes y subagentes municipales

Xalapa, Ver.

Los síndicos, agentes y subagentes municipales dejarían de suplir o auxiliar al Ministerio Público, debido a que el Código Nacional de Procedimientos Penales no reconoce a estos servidores públicos como autoridades facultadas para ejercer estas funciones, propuso el diputado Joaquín Rosendo Guzmán Avilés, en nombre del Grupo Legislativo del Partido Acción Nacional (PAN).

A través de una Iniciativa de Decreto que deroga la fracción VI del Artículo 37 y la fracción IX del Artículo 62 de la Ley Orgánica del Municipio Libre, se plantea eliminar dichas atribuciones a los funcionarios municipales, para no obstaculizar la impartición de justicia en la entidad.

La propuesta, remitida para su estudio y dictamen a las comisiones permanentes unidas de Procuración de Justicia y de Justicia y Puntos Constitucionales, expone que las atribuciones y obligaciones atribuidas a síndicos y agentes municipales son contrarias a la especialización que obliga el nuevo Sistema de Justicia Penal.

Para ser Síndico, Agente o Subagente Municipal –explicó el Diputado– la ley no exige mayores requisitos ni especialización o profesionalización. Por ello, el Código Nacional de Procedimientos Penales desconoce a estos servidores públicos como autoridades que puedan suplir al Ministerio Público.

Añadió que la Iniciativa busca salvaguardar el debido proceso y el descubrimiento de la verdad de los hechos, para que cualquier persona se presuma inocente hasta que se demuestre lo contrario. Por ello se suprimiría la intervención de los sujetos no incluidos como operadores del nuevo Sistema de Justicia Penal.

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